Las empresas que estén catalogadas como Grandes Contribuyentes y aún expidan tiquetes POS, a partir del 3 de febrero de 2024 el total de sus operaciones de venta deberá soportarse de forma electrónica de acuerdo con lo contemplado en la Resolución 165 de 2023. Este tipo de empresas podrán optar por alguna de las siguientes dos alternativas:

1. Reemplazar el tiquete POS por el Documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S

2. No implementar el Documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S y en cambio soportar el 100% de sus ventas a través de la Factura de Venta Electrónica.

Aclaraciones importantes

Es importante aclarar que a las empresas que opten por la opción 1, el límite POS de 5 UVT no aplicará para el Documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S.

También es relevante saber que tanto el POS electrónico como la Factura de Venta electrónica permitirán al adquiriente soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios. Así mismo, permiten el uso del cliente CONSUMIDOR FINAL.

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Fuente:

Comunicado de Prensa # 009. DIAN. Los grandes contribuyentes que expidan documento POS deben implementarel nuevo POS electrónico. 22 Enero 2024.

Resolución 000165 del 1 noviembre 2023. Por Ia cual se desarrolla el sistema de facturación, los proveedores tecnológicos, se adopta Ia versión 1.9 del anexo técnico de factura electrónica de venta, se expide el anexo técnico 1.0 del documento equivalente  electrónico, y se dictan otras disposiciones en materia del sistema de facturación.

Realizado por:

Rafael Ortiz – Coordinador de Soporte ITS

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